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sábado, 1 de junio de 2013
Cajón de Sastre
Seguro que alguna vez te has preguntado cómo salir de un listado de morosos. Para que al menos tengas una ligera idea, te invito a leer este artículo.
Para salir de una lista de morosos a veces no basta con querer pagar la deuda,
sino que es preciso seguir un proceso farragoso que hay que formalizar del modo
correcto.
Autor: JOSÉ IGNACIO RECIO
Fecha de publicación: 20 de octubre de 2012
Una factura no pagada en los plazos de vencimiento o el robo de una tarjeta de
crédito cuyos gastos se adeudan al titular son algunos de los casos por lo que
se puede acabar incluido en una lista de morosos. Es muy fácil entrar, pero a
veces salir cuesta un poco más. En el siguiente reportaje se explica cómo
hacerlo, aunque se advierte de que a veces no basta con querer pagar la deuda,
sino que es preciso seguir un proceso farragoso que hay que formalizar de manera
correcta para poder verse libre de las consecuencias que se derivan de la
inclusión en una de estas listas.
Consecuencias de permanecer en una lista de morosos
Permanecer en una lista de morosos conlleva innumerables problemas. La denegación de un crédito personal o una hipoteca, la imposibilidad de acceder a ciertos productos y servicios
financieros o el "cierre del grifo" para contratar cualquier fuente de financiación pueden ser algunos de los más inmediatos. Los principales ficheros de morosos consultados por los bancos son el RAI, ASNEF o Experian, pero hay
otros en donde se puede estar si se tiene una deuda vencida o impagada con alguna empresa, por muy pequeña que sea. Muchas veces son producto de un impago realizado a voluntad, pero en otros casos se deben a un olvido o al hecho de formalizar de forma errónea el proceso de baja de algún producto financiero (seguro, cuenta corriente...) o de los principales recibos domésticos (luz, agua, telefonía, gas...).
En ocasiones, como ya se ha dicho, las deudas se deben a un olvido o a formalizar de forma errónea el proceso de baja de algún producto o servicio. La deuda puede ser de poco
importe, incluso inferior a 100 euros, pero esto ya es suficiente como para
entorpecer la relación con los bancos y otras entidades financieras. De ahí la
importancia de arreglar la situación con respecto a los impagos y de salir
cuanto antes de estas listas.
Para que se produzca esta desagradable situación se deben reunir varios
condicionantes:
Que haya una deuda real impagada por el usuario.
Que se le haya requerido el pago infructuosamente.
Que no haya pruebas documentales que anulen los dos anteriores puntos.
De cumplirse todos estos requisitos, los usuarios tienen todas las papeletas
para entrar a formar parte del poco recomendable club de clientes morosos o
malos pagadores.
Proceso para abandonar estas listas
La fórmula más sencilla para dejar de formar parte de una lista de morosos es muy fácil. Consiste en cumplir con la deuda y pagar lo que se debe. De esta forma se evita, además, el recargo de abonos, penalizaciones, comisiones, etc.
Lo más importante es dirigirse a la entidad que gestiona el listado de
morosos, con el fin de solicitar la cancelación y que se encargue de mandarla al acreedor. Debe mandarse una copia del Documento Nacional de Identidad y la documentación
acreditativa sobre la inexistencia de la deuda, para lo cual es obligatorio
enviar los justificantes de los pagos, a ser posible por burofax.
Esta parte del proceso pocas veces se formaliza del modo correcto. Es
necesaria la ayuda de un gestor administrativo que se encargue de la cancelación o modificación de los nuevos datos aportados para que el procedimiento se desarrolle de manera correcta. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que no se pueden ceder datos personales sobre la solvencia de un individuo durante más de seis años.
También se puede solicitar la cancelación por no haber recibido el aviso de
que sería inscrito en ese registro. En este caso, debe manifestarse
expresamente en el escrito para evitar ser incluido en estas listas.
Si el usuario desconoce la dirección del responsable del fichero de morosos,
se puede solicitar en la agencia Española de Protección de Datos, que los dará
sin problema. El titular del fichero deberá responder sobre la eliminación de
la persona de sus archivos en los diez días siguientes. Si los afectados no
reciben una contestación en ese plazo -o sea insatisfactoria-, pueden reclamarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos, siempre con la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación de los mismos.
¿Cómo actúan los bancos ante un impago?
Cuando se produce una situación de morosidad con el banco, en primer lugar se
emplea una estrategia informativa para constatar que pueda ser debido a un
descuido u olvido. Para ello, se ponen en contacto con el cliente -por
teléfono o por correo- para informarle de su deuda y tratar de subsanar el
problema cuanto antes.
De continuar con la situación de impago, lanzan mensajes más agresivos, en los
que se informa de los intereses y comisiones que implica estar en la citada
situación, así como un plazo para solventar la falta de pago que deberán
cumplir con rigor.
El siguiente paso puede ser la notificación a través de una empresa externa de
servicios jurídicos, con la advertencia a los morosos de las consecuencias de
incumplir los pagos en los plazos dados. Incluso en algunos casos se incide en
la posibilidad de renegociar la deuda con el banco bajo otros parámetros
diferentes a los acordados en inicio.
Es entre los tres y seis meses cuando las ejecuciones de las acciones por parte
de las entidades financieras llegan a su límite. Dejan a un lado su estrategia
informativa y se decantan por recurrir a procesos judiciales. Lo habitual es que
se plasme a través de la interposición de una demanda contra el cliente deudor.
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